Ante diversas consultas recibidas y observaciones realizadas, creemos necesario reiterar y aclarar determinados conceptos, dado que la amplia difusión que tienen recomendaciones y opiniones de otras personas y organizaciones puede contribuir a producir alguna confusión o interpretación errónea.
El día 4 de julio, el COES recomendó la licencia laboral de todas las mujeres embarazadas sin fecha pre-establecida de término, en función de que los pocos datos disponibles mostraban una mayor susceptibilidad de este grupo a padecer complicaciones durante la pandemia. La misma recomendación se hizo hacia personas con déficit inmunitario. A partir de la misma, el Decreto Provincial Nº 1156/09 del 7 de julio de 2009 estableció “una licencia preventiva hasta nuevo aviso a partir de la firma del presente con goce integro de haberes para las mujeres embarazadas y para los trabajadores inmunocomprometidos o que pertenezcan a los grupos de riesgo por padecer enfermedades crónicas con una evolución desfavorable o descompensada. Las circunstancias antedichas deberán ser evaluadas y certificadas por las áreas de recursos humanos y/o Salud ocupacional de cada organismo”.
Con el mismo criterio, ante el regreso a clases, el COES recomendó al CPE instrumente las medidas administrativas y pedagógicas necesarias, para evitar o minimizar las instancias presenciales de las alumnas embarazadas de todos los niveles, a los efectos de disminuir al máximo su exposición. De igual modo, a aquellos estudiantes con trastornos inmunitarios que aumenten sus posibilidades de complicaciones por infecciones. Dada la importancia de la educación, se propuso que la medida no perjudicara la capacitación y la regularidad, a sabiendas de que es posible utilizar estrategias de educación no presenciales.
Comité Operativo de Emergencia Sanitaria
Subsecretaría de Salud
NEUQUEN, 10 de Agosto de 2009.-
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